Con fundamento en los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara CONSUMADA DE PLENO DERECHO LA PERENCIÓN; y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el Recurso de Nulidad de compra venta interpuesto por la ciudadana YAMILEX DEL CARMEN RODRIGUEZ DE ATUNES, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.861.596, debidamente asistida por los abogados OMAR RAMON PATRIZ y JOSE ELIAS DELLAN SALAZAR, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 165.574 y 162.149, respectivamente, en contra el INSTITUTO DE PREVISIÓN Y ASISTENCIA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN (IPASME), y los ciudadanos AMILKAR ANTUNES ARAQUE y YOLENNIS GREGORIA VELASQUEZ ALVARADO, titulares de la cedula de identidad Nros. V-4.955.370 y V-18.074.742.
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