Sobre la base de los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ACUERDA cambio de sitio de reclusión a los imputados: 1) JALEXKA DEL VALLE ROJAS TORO, venezolana, natural de estado Mérida, nacida en fecha 07-05-1990, de 29 años, de edad de edad, de estado civil: soltera, de profesión y oficio Manicurista, residenciada en la siguiente dirección: VALLE DE LEOCOLVO, CALLE C, VEREDA 5, NUMERO 37, SAMAN DE GUERE, titular de la cedula de identidad N° V- 21.330.371, consistente en ARRESTO DOMICILIARIO, el cual cumplirán en su propio domicilio; de conformidad a lo establecido en el artículo 242, numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, siendo que dichos ciudadanos deberán ser trasladados hasta la dirección especifica.....