este Juzgado Unipersonal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley procede: PRIMERO: ABSOLVER al Ciudadano HUGO ALBERTO RODRIGUEZ SIMANCA, titular de la cedula de identidad V-14.296.944, residenciado en: LA PEDRERA CALLEJON TUCUPIDO CASA N° 113 MARACAY ESTADO ARAGUA, por los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, Previsto y Sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2, 3, y 10 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y PECULADO DE USO, Previsto y Sancionado en el artículo 56 de la Ley contra la Corrupción, declarando la Libertad Plena del mismo y el levantamiento de toda medida de coerción que pesa sobre el mismo. Diarícese, regístrese, publíquese la presente sentencia. Cúmplase.-
EL JUEZ
ABG. RODOLFO ANTONIO AMPUEDA ESPAÑA.-