En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la acción por INTIMACION DE COSTAS PROCESALES, incoada por el abogado AMOS ALEJANDRINO MARTINEZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-3.589.422, Inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 151.269 y de este domicilio, contra el Ciudadano BAUDILIO GREGORIO PIÑA YUSTIZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-14.372.041 y de este domicilio; SEGUNDO: Se condena en costas a la parte intimante por haber resultado totalmente vencida en la presente causa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado .....