Por los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoado por los ciudadanos DOMINGO ALFREDO REYES MALPICA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-17.577.831, RIF: V-17577831-0, en su carácter de Presidente tal como se evidencia en la Clausula Décima-Tercera del documento constitutivo de sociedad mercantil AGROINDUSTRIAS AVICOLAS C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Guárico, en fecha 27 de marzo de 2024, bajo el N° 10, Tomo 12-A, e inscrita en el registro de información fiscal bajo el N° J-50517701-0, el ciudadano JOSE EUCLIDES PAEZ CABEZA, venezolano, mayor de edad, civil.....