PARTE DISPOSITIVA
En mérito a los anteriores razonamientos, este Juzgado VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la acción de DESALOJO intentada por el ciudadano PABLO EUGENIO MARTINEZ UZGATEGUI contra la ciudadana NERI DEL CARMEN TORO VARELA, ambas partes suficientemente identificadas en el cuerpo de esta decisión. En consecuencia, se declara extinguido el contrato de arrendamiento suscrito por las partes ante la Notaría Pública Trigésima Sexta del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el N° 78, Tomo 36. Se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar a la parte actora el inmueble identificado como: apartamento distinguido con el Nro. 23, ubicado en el piso 2 del Edificio AZTECA, situado en la Avenida Este 2 de Quebrada Honda, Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas en las.....