Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Aragua y Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, haciendo uso de las facultades establecida en el artículo 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y en los artículos 82, 127, 136, 305 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela DECRETA: PRIMERO: LA PROTECCIÓN AUTÓNOMA AMBIENTAL del predio ubicado en el Sector Las Caracaras, Parroquia Urbana San diego, Municipio San Diego del estado Carabobo, de coordenadas referenciales UTM E 614082 N 1133252 y E 615684 N 1132513, aunado que su ubicación geográfica está dentro del Área Bajo Régimen de Administración Especial (ABRAE), del Área Critica con Prioridad de Tratamiento de la Cuenca del Lago de Valencia, creada según Decreto Nº 2.810 de fecha 20 de enero de 2.004. En virtud de lo anterior, est.....