1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano CARLOS JOSÉ TREJO, titular de la cédula de identidad Nº 15.119.616, debidamente asistido por el abogado José Manuel Gómez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.683, contra la Providencia Nº P-149/14 de fecha 22 de agosto de 2014, emanada del INSTITUTO MUNICIPAL DE CRÉDITO POPULAR.
2.- ADMISIBLE el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, en consecuencia:
2.1.- Se ordena citar al Presidente del Instituto Municipal de Crédito Popular, conminándole a dar contestación al recurso contencioso administrativo funcionarial dentro del lapso de quince (15) días de despacho según lo establecido en el primer aparte del artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública y conforme al artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, remitiéndole copia certificada del escrito recursivo y de los anexos, con inserción de la presente sentenc.....