Sobre la base de las consideraciones de hecho y los fundamentos de derecho que preceden, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR LA OFERTA REAL Y DEPÓSITO, realizada por la sociedad mercantil ENVIRONMENTAL SOLUTIONS DE VENEZUELA, C.A. (Esvenca), a la sociedad mercantil REMY & STUTE, C.A.