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Decisiones del dia 21/02/2006 |
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N° Expediente :
05.9480
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N° Sentencia :
33-INT(HOM)-CIV
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Fecha: 21/02/2006 |
Procedimiento: Estimación E Intimación Honorarios Profesionales |
Partes: RAIZA SALAZAR AROCHA CONTRA SINDICATO SANTA CLARA S.A. |
Resumen:
IV. DISPOSITIVA:
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN formulado por la parte intimante, ciudadana RAIZA SALAZAR AROCHA, actuando en su propio nombre y representación, contenido en la diligencia de fecha 30.09.2005, por ser procedente conforme a lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Y, en consecuencia, se le imparte su homologación, con autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión interlocutoria dictada en fecha 03.08.2005 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual declaró inadmisible las pruebas testi.....
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Juez/Ponente:
Frank Petit Da Costa
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Organo:
Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente :
AF49-U-2001-000100
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N° Sentencia :
024-2006
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Fecha: 21/02/2006 |
Procedimiento: Recurso Contencioso Tributario |
Partes: AGENCIA RIO, C.A. VS. INCE |
Resumen:
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil AGENCIA RIO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 21 de julio de 1993, bajo el Número 32, Tomo 6-A, contra la Orden C.E. número 1854-01-09, de fecha 08 de mayo de 2001, la cual se originó como consecuencia del Recurso Jerárquico interpuesto contra la Resolución Culminatoria de Sumario número 598, de fecha 18 de agosto de 2000 y el Acta de Reparo Nº 004791-92 de fecha 29 de octubre de 1999 levantada por la Fiscal de Cotizaciones I, Licenciada Iris Terán, adjunta al Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE).
Se anula parcialmente los actos impugnados. El Instituto Nacional de Cooperación Educativa deberá ajustar el repa.....
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Juez/Ponente:
Raul Marquez Barroso
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Organo:
Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Tributario
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N° Expediente :
2125
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N° Sentencia :
886
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Fecha: 21/02/2006 |
Procedimiento: Recurso Contencioso Tributario |
Partes: DISTRIBUIDORA SONOGRÁFICA C.A. VS. INCE |
Resumen:
la contribución parafiscal que debe pagar el patrono del 2%, es sobre la base de cálculo de salario normal considerado en este fallo, y no sobre el salario integral, tal como lo concibió el Instituto Nacional de Cooperación Educativa, correspondiendo el pago del medio por ciento (1/2 %) de las utilidades anuales pagadas al trabajador, a cargo de éste, como aporte al Organismo Parafiscal, el cual será retenido por el Patrono, en aplicación del contenido del artículo 10 en el ordinal 2do., verificándose de esta manera que el gravamen en referencia se produce en cabeza de dos sujetos pasivos distintos y con base en la misma relación laboral. Por una parte el porcentaje del dos por ciento (2%) que deben pagar los patronos por lo que cancelan al trabajador, por la cantidad de dinero recibida por el trabajador, excluido el pago por concepto de utilidades. Siendo en criterio de este Tribunal, errónea la interpretación dada por el INCE, que considera que debe incluirse en la base de cálculo el.....
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Juez/Ponente:
Martha Aquino
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Organo:
Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Tributario
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N° Expediente :
462(AF42-U-1986-000009)
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N° Sentencia :
0019-2006
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Fecha: 21/02/2006 |
Procedimiento: Recurso Contencioso Tributario |
Partes: C.A. DIANAMEN VS. SENIAT. |
Resumen:
En cuanto a alegación de la recurrente, a través de la cual llega a la conclusión que los gastos de asesoría (Bs. 186.784,80), no forman parte de los gastos de administración y, en consecuencia, quedan excluidos de formar parte del diez por ciento (10%) deducible, y que se corresponden con gastos normales y necesarios para producir la renta, encuentra el tribunal que la prueba traída a los autos, como lo es el contrato privado entre la recurrente y la empresa Inversiones C.L.M, S.A, en su Cláusula Primera, está referido a una serie de actividades a cuales se obliga la empresa asesora que están relacionados con los gastos de administración en que debe incurrir la recurrente a los fines de producir la renta. En consecuencia, se considera improcedente esta alegación. Se declara.
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Juez/Ponente:
Ricardo Caigua Jimenez
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Organo:
Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario
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N° Expediente :
1791(AF42-U-2001-000007)
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N° Sentencia :
0020-2006
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Fecha: 21/02/2006 |
Procedimiento: Recurso Contencioso Tributario |
Partes: SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A. VS. ALCALDÍA DEL MUNICIPIO PIAR DEL ESTADO MONAGAS |
Resumen:
En ese sentido, considera el Tribunal que la falta de infraestructura es natural en estos casos de sociedades mercantiles que operan en el sector de los hidrocarburos: la empresa se instala en una ciudad de importancia y desde allí contrata y envía personal a trabajar para otros (las empresas estatales). No necesita oficinas, ni sucursales, ni similares, pero su permanencia es más que conocida. De hecho, en Venezuela fue el caso de las empresas como la ahora demandante lo que dio lugar a la regulación de la figura del transeúnte, a fin de pechar también a esos contribuyentes que, pese a su circunstancia particular, no se distinguen en el fondo de cualquier empresario residenciado en el lugar.
Por lo expuesto, se desestima la alegación de la nulidad absoluta de la Resolución impugnada, por inconstitucionalidad, sobre el hecho que la Alcaldía del Municipio Piar, pretende gravar a la contribuyente como transeúnte, aplicándole la tarifa del 5% sobre los ingresos brutos que generó.....
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Juez/Ponente:
Ricardo Caigua Jimenez
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Organo:
Juzgado Superior Segundo de lo Contencioso Tributario
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