se decreta: MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO sobre bienes propiedad de los codemandados hasta cubrir las siguientes cantidades:
PRIMERO: La cantidad de SEISCIENTOS UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA BOLIVARES ( Bs. 601.280,oo) que comprende el doble de la suma demandada.-
SEGUNDO: La cantidad de SETENTA Y CINCO MIL CIENTO SESENTA BOLIVARES (Bs. 75.160,oo) por concepto de Costas y Honorarios Profesionales prudencialmente calculados en un 25%.-Todo lo cual hace un total de SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (Bs. 676.440,oo) cantidad ésta a embargarse.
Si la medida recae sobre cantidad liquida y exigible de dinero, deberá hacerse por la suma demandada Bs. 300.640 más Bs 75.160,oo por concepto de Costas y Honorarios Profesionales lo que hace un total de Bs. 375.800,oo.-Líbrese Despacho al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a quien se comisiona amplia y suficientement.....