este JUZGADO DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la DEFENSA DE PRESCRIPCIÓN opuesta por la empresa PANADERÍA Y PASTELERÍA NIAGARA BAKERY, C.A. por cobro de prestaciones sociales. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de la indemnización prevista en la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio ambiente de Trabajo incoada por el ciudadano FREDDY OLIVAR CAMARGO contra la empresa antes mencionada. CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.