´UNICO: Se acuerda el sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano: POR IDENTIFICAR, por la comisión de los delitos de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, vigente para el momento de ocurrir los hechos que originaron la presente causa, de conformidad con lo establecido en él Artículo 300 numeral 1, del Código Orgánico Procesal Penal, a saber: Que El hecho objeto del proceso no se realizó o no puede atribuírsele al imputado o imputada.. Notifíquese. Diarícese. Cúmplase.-
LA JUEZA,
ABG. YACIANI J. DIAZ MARCANO
LA SECRETARIA,
ABG. YORGELIS GUAICARA
LA SECRETARIA,
ABG. YORGELIS GUAICARA
CAUSA Nº 5C-SOL-2638-22
CAUSA FISCAL N° MP-79076-2014
YJDM/YG
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