En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos RICHART HERNANDEZ JUDITH JOSEFINA y CAMPERO SANCHEZ ADOLFO AMILKAR, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cedula de identidad Nº V.-7.221.452 y V.-6.280.636, respectivamente, asistidos por la abogada AURA TORREALBA, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 166.650.-
SEGUNDO: DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unía, el cual fue contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Joaquín Crespo, Municipio Girardot, Estado Aragua, acta Nº 471, Folio 2, Año 1983, de fecha 19 de mayo del año 1983.-
Notifíquese a las pa.....