En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio de mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos EULANDY CRISTINA POLANCO HERNANDEZ y JOSÉ GREGORIO ORONDO GUILLEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Ns° V.- 19.823.249 y V.- 19.608.785 respectivamente. SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraído ante Registro Civil del Municipio Urumaco del estado Falcón; se evidencia de copia del acta de matrimonio Nº 56, Folio 056 de fecha 14 de Diciembre de 2023. De igual manera, procédase la ejecución de la presente sentencia, a los .....