D E C I S I Ó N
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, sede Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACION ejercida por la parte demandada, contra la decisión de fecha 19 de marzo de 2024 y su aclaratoria de fecha 22 del mismo mes y año, dictadas por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, sede Maracay. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada. TERCERO: No ha lugar a la condenatoria en costas de la parte demandada.