Se dictó y publicó Sentencia Definitiva mediante la cual se declaró Sin Lugar la demanda.- De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condenó en costas a la parte demandante perdidosa por haber sido vencida en el proceso.- Asimismo, conforme al artículo 251 ejusdm, se ordenó la notificación de las partes.-