Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR VÍA INTIMATORIA intentó la representante y apoderada judicial de la Sociedad Mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., XIOMARA GUERRERO en contra de la sociedad mercantil PROYECTOS CUANTUM, C.A., en la persona de su director FRANCISCO JOSE ESCOBAR CARILLO, todos plenamente identificados. No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión, de conformidad con el art. 283 del código de Procedimiento Civil.