RESOLUCIÓN N° PJ007-2014-000044 ABSUELVE y declara NO CULPABLE al ciudadano RADA ALCALA ENRIQUE GREGORIO, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Caracas Distrito Capital, nacido en fecha 18-08-1969, de 45 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación taxista, hijo de Ramón Rada (v) y Enriqueta del Carmen de Rada (f), domiciliado en Cachipo municipio Punceres, segunda calle, casa sin número, y titular de la cédula de identidad Nº 9.418.308, de la acusación presentada en su contra, en la investigación Nº I-164.670 (Nomenclatura del C.I.C.P.C) por los delitos de DISTRIBUCIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y castigado en el artículo 149 sexto aparte de la Ley Orgánica de Drogas y DETENTACIÓN DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo previsto en el ordinal 7° del artículo 111 ejusdem.