Por todos los planteamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, es que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: DECLARADO TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, las Parroquia Samán de Güere, asentamiento campesino La Morita I, urbanización villa tejera II, 1era etapa, calle 01 c/c calle Aida Cárdenas N°01, Municipio Santiago Mariño, estado Aragua, sobre un terreno propiedad del I.N.T.U de trescientos cuarenta y seis metros con setenta y cinco centímetros cuadrados aproximadamente (105.45 mts2.) con un área de construcción de cuarenta y un metros con cuarenta y seis centímetros cuadrados aproximadamente (41.46 mts2.), código catastral: N° 05-11-04-U08-151-003-002-000-000-000, alinderada de la siguiente forma: Norte: con calle Aida Cárdenas; Sur: con parcela N°03; Este.....