mérito de las razones expuestas precedentemente, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por los profesionales del derecho Alejandro J. Manrique G., Martín A. Guerrero G., Alida González S. y David Márquez P., en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil "EQUIPOS Y SISTEMAS HIDROCAVEN, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nro. L/221.09.07, de fecha 27 de noviembre de 2007, dictada por la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, en el cual impuso a la empresa "EQUIPOS Y SISTEMAS HIDROCAVEN, C.A.", el pago de una multa por la cantidad de Cinco Millones Seiscientos Cuarenta y Cuatro Mil Ochocientos Bolívares Sin Céntimos (Bs. 5.644.800,00), y ordenó el cierre temporal de su establecimiento comercial, ha.....