DISPOSITIVO
Por las razones antes señaladas este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el día veintinueve (29) de septiembre de dos mil catorce (2014), por el ciudadano MARTHINO BARROS DA SILVA, en su condición de gerente de la sociedad mercantil GRUPO 7041, C.A., actuando bajo la asistencia de la Profesional del Derecho LENNYS RODRIGUEZ, contra la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha veintiséis (26) de septiembre del mismo año, que resolvió mantener la vigencia de la medida cautelar de secuestro que había sido decretada en el juicio.- Queda confirmado el fallo apelado con las motivaciones expuestas en.....