Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda sustituir la privación preventiva de la libertad de los ciudadanos JESUS GABRIEL LEAL AYALA y GUILLERMO JOSÉ TORRES LÓPEZ, en los autos identificados, por las medidas cautelares sustitutivas de aquélla, supra asentadas y la continuación de la causa por el procedimiento ordinario. Todo de conformidad con lo establecido en artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo, este Tribunal DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de la presente causa en el Tribunal de Control de la Extensión de Carora de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 61 del Código Orgánico Procesal Penal, con relación al encabezamiento del artículo 57 eiusdem. En consecuencia, se acuerda la remisión de las actuaciones al Tribunal de Control al que se ha hecho referencia, en su oportunidad legal. REGISTRESE Y CÚMPLASE