DECISIÓN
Por las consideraciones anteriormente expuestas, el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE DIFERENCIAS PRESTACIONES SOCIALES intentaron los ciudadanos EDGAR VARGAS y JESÚS LOROÑO en contra de la Empresa ELECTROTECNICA SAQUI ORIENTE C.A., todos plenamente identificados en autos; en consecuencia, se ordena a la accionada cancelarle al señor EDGAR VARGAS las siguientes cantidades: (1)- Bs. 417.394,68 por diferencias de días de descanso semanal durante toda la relación laboral, más los intereses de mora en el pago de dichas diferencias de acuerdo a lo ordenado en la parte motiva; (2)- Dif. Antigüedad: Bs. 749.838,60; Dif. Vac y Vac. Frac. : Bs. 521.943,26; Dif. Icd. Vac: Bs. 81.074,47; Dif.Ut y frac.: Bs. 1.115.968,00; Dif.Inc. Ut.: Bs. 23.....