Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con sede en la Ciudad de La Victoria, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a derecho y por autoridad de la Ley, de conformidad a lo establecido a los artículos 1364, 1366 del Código Civil en concordancia con lo dispuesto en el artículo 450 del Código de Procedimiento Civil, declara PRIMERO: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO REALIZADA POR LOS DEMANDADOS FRANCIS DEL CARMEN VALERA HERRERA Y MARIO ANELLO FAGUNDEZ, Venezolanos, mayores de edad, estados civil solteros, titulares de las cedulas de identidad N°ros. V-15.733.704 y V-8.689.617 respectivamente, por lo que le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civi.....