DECISIÓN
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Quinto Agrario, Civil Bienes de Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: ES COMPETENTE para conocer éste Tribunal el presente Recurso de Nulidad.
SEGUNDO: CON LUGAR, el Recurso de Nulidad de acto administrativo intentado por el ciudadano Armando Bello Tocuyo, contra la Providencia administrativa N°. 00275-08, dictada en fecha 18 de Septiembre del año 2008, por la Inspectoría del Trabajo del Estado Monagas.
TERCERO: NULA, la antes identificada Providencia Administrativa.
CUARTO: ORDENA el reenganche del trabajador recurrente a su puesto de trabajo.
No hay Condenatoria en Costas por la Naturaleza del Recurso.
Notifíquese al Procurador General de la República en conformidad con el artículo 86 de la Ley Orgánica .....