este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por los ciudadanos VILMA SOLEDAD BRICEÑO CALDERÓN y JUAQUIN RIVAS TORRES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.007.947 y V-10.264.464, respectivamente, contra la actuación lesiva llevada a efecto por la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO LAS PALMAS, en la persona de sus miembros los ciudadanos MORELA ROMERO DE RAMÍREZ y ÁNGEL GILBERTO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.167.447 y V-635.684, respectivamente.
SEGUNDO: En consecuencia se le ordena a la JUNTA DE CONDOMINIO DEL EDIFICIO LAS PALMAS, en.....