En virtud de los razonamientos antes esgrimidos y de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 506 y 509 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 273 del Código de Comercio este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por el Abogado JOSE ARMANDO SOSA en su carácter de Apoderado judicial de la ciudadana CELIA ZAMORA VIELMA, contra la Sociedad Mercantil "SOLUCIONES GIOMAXCECO" en la persona del ciudadano GIOVANNI PUGI de este domicilio, en consecuencia:
PRIMERO: Se declara valida la Asamblea Extraordinaria de fecha 16 de Noviembre del Año 2011 de la Sociedad Mercantil "SOLUCIONES GIOMAXCECO, C.A. y se tienen como validas todas las decisiones tomadas en dicha Asamblea.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, por haber resultado vencida de conformi.....