en consecuencia este Juzgado de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, siendo la mediación positiva, este Tribunal, HOMOLOGA la transacción celebrada entre las partes y le otorga efectos de Cosa Juzgada; ordenándose el cierre y el archivo una vez constatado el pago total y definitivo de la presente transacción.-
La Juez
Abg. Carolina Chakian Mayarllan.
La Secretaria
Abg. Sirley Bracho.-