Revisadas las actuaciones que cursan en autos y atendiendo al desistimiento del procedimiento presentado por el Abogado ALBERTO SILVA CARDOZO, única y exclusivamente de los ciudadanos CELSO MIRABAL FUENTES y KALED MAZZOUD LINDAOS (Demandados en forma personal), encontrándose debidamente facultado para ello, conforme a instrumentos poder que cursan a los autos en las página desde la 66 a la 72 del expediente; expresada la voluntad de los accionantes a través de su representación judicial y; por cuanto este Tribunal evidencia, no se vulneran derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, procede a HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en los términos expresados, otorgándole el carácter de cosa juzgada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, que aplica el Tribunal en forma analógica, conforme a las facultades otorgadas al Juez del Trabajo, en el artículo 11 de la Ley Adjetiva Laboral; en el entendido de que contin.....