éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor la ciudadana DAMELYS CAROLINA GAMBOA CARRASQUEL, venezolana, mayor edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.115.246, sobre un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CON ONCE CENTIMETROS, (61,11.Mtrs2), ubicado en: Sector Guayabal, Casa Nº 06, Villa De Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 05,00 con caño; SUR: En 6,50 Mts. Con Calle Guayabal que es su frente; ESTE: En 10,10 Mts. Con casa que es o fue de la familia Arteaga; OESTE: con 10,00 Mts. Con casa que fue o es de la familia Carrasquel, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los veintiún (21) días del mes de julio (07) de Dos Mil veinticinco (2025)