IV
En razón de lo anteriormente expuesto, esta Sala 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: ADMITE el recurso de apelación planteado por las ciudadanas BLANCA MABELLY VIVAS FERRIN y NELSY MARGARITA CARRIZO ABREU, abogadas en ejercicio e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 164.301 y 221.842, respectivamente, actuando en su carácter de defensoras del ciudadano GREGORIO ANTONIO HEREDIA GONZALEZ, titular de la cédula de identidad No. V-18.706.510, contra la decisión dictada en la celebración del acto de la audiencia para la presentación del aprehendido, en fecha 1 de junio de 2014, por el Juzgado Décimo Segundo (12º) de Primera Instancia en Función d.....