Este Tribunal Primero de Ejecución Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: LA CESACIÓN DE LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTA de conformidad con lo establecido en el artículo 647 LITERAL H de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, que fue impuesta al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, (plenamente identificado), por la comisión del delito de ROBO PROPIO EN GRADO DE COAUTORÍA previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el articulo 83, ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano EDGAR FLORES. En consecuencia se Decreta su Libertad Plena. Impónganse al sancionado. Notifíquese a las partes, ofíciese y envíese Copia Certificada al Departamento de Servicio Social. Líbrese lo Conducente. Cúmplase.