DISPOSITIVA
Ahora bien, cumplidos como han sido los trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer y decidir, el presente Recurso de Apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso de apelación de Sentencia, interpuestos en fecha ocho (08) del mes de julio del año dos mil veinticinco (2025), por las ABG. MARIA ELENA FRANCO, ABG. CLAUDIA BERRIO y ABG. NORA VACA, en su condición de DEFENSORAS PRIVADAS del ciudadano REYNALDO GONZALO PIÑANGO GUTIERREZ, en contra de la Sentencia dictada en fecha nueve (09) del mes de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), y publicada en fecha veintitrés (23) del mes de may.....