Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio efectuada por los ciudadanos JUAN SANTIAGO SALAZAR GONZALEZ y MARIBEL GONZALEZ DE SALAZAR, antes identificados, y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que los unía desde el día 10 de Diciembre 1983, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio, anotada bajo el Acta Nº 1256, tomo 04, año 1983, de los libros llevados por la anterior Prefectura del Municipio Crespo del Distrito Girardot del Estado Aragua, actualmente Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua.