Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, fue intentada por WILLIAM JAVIER CONTRERAS PEÑA, contra la Sociedad Mercantil TALLER TECNO MOTRIZ TINO C.A., todos plenamente identificados, y en consecuencia, se ordena a la parte demandada a entregar al actor el vehículo distinguido con las siguientes características Marca: Chevrolet, Color: blanco, Año: 2000, Placa: BSO-251; y asimismo se condena a la demandada pagar al actor:
PRIMERO: la suma de DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.10.800.000,00), hoy DIEZ MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.10.800,00), por concepto de lucro cesante por la retención del vehículo desde el siete (7) de octubre de octubre de dos cinco (2005) hasta el siete (7) de enero d.....