´´Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio de mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos YSMARY JOSEFINA LEGON AVILA Y BRYAN JERONIMO JESUS GONZALEZ MARIN, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nso. V- 12.142.655 y V-17.014.449 respectivamente, asistidos por la abogada de libre ejercicio RIOMAIRA CRISTINA RAMIREZ GARCIA, Abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº. 30.812. SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara disuelto el vínculo matrimonial que los unía, contraída por ante el Registro Civil de la Parroquia Mariara del Municipio Diego Ibarra del Estado Carabobo, tal como se evidencia en Acta de Matrimonio Nº 092, Folio 092, de fecha 09 d.....