Por todas las razones expuestas, este JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN MARACAY. Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano Cristóbal Heredia Arias, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 5.279.052, contra la Contraloría Municipal del Municipio José Ángel Lamas del Estado Aragua, en virtud de la Resolución Nro. 01-13, de fecha 07 de enero de 2013, emanada del Organismo querellado.
SEGUNDO: SIN LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL interpuesto por el Ciudadano: CRISTOBAL HEREDIA ARIAS, VENEZOLANO, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 5.279.052, contra la CONTRALORÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO JOSÉ ÁNGEL LAMAS DEL ESTADO ARAGUA.