Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado NOVENO (09°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros conceptos laborales, interpuesta por la ciudadana INDIRA NINOSKA MARTINEZ ABREU, Titular de la Cédula de identidad N°V-19.557.010, contra la entidad de trabajo HAOVISION GROUP C.A. RIF. J-41273196-3. Plenamente identificados en autos, por los conceptos indicados en la parte motiva de la presente decisión. SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.