este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por decaimiento de la acción y pérdida de interés y en razón de ello se ordena el cierre y archivo del asunto, seguido por la ciudadana KHATTAR TAHMUCHE SAJAR, titular de la Cédula de Identidad Número V.- 17.800.641 contra la Entidad de Trabajo CENTRO DOCENTE CARDIOLOGICO BOLIVARIANO DE ARAGUA, y se ordena el cierre y archivo del mismo.