D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, presentada por los Ciudadanos: Carmen Augusta Belisario y Carlos Eduardo Izaguirre Mendoza, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad N° V-3.951.127 y V-2.514.832 respectivamente, En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vinculo Conyugal que los une, contraído en fecha: 02 de Marzo de 1978, por ante la Prefectura del Distrito Zamora del Estado Aragua, como se evidencia del acta que se encuentra inserta bajo el Nº 60, tomo I, folio N° 82, en los libros respectivos del año 1978, llevados por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, en los términos expuestos.....