En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con lo dispuesto en la Sentencia N° 693 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 2 de junio de 2015, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio por Mutuo Consentimiento interpuesta por los ciudadanos: MARTHA CERVELINA DELGADO DE COLMENARES y FREDDY OMAR COLMENARES CORTEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 4.138.918 y V-4.567.435, respectivamente. En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha Nueve (09) de Octubre de 1976, por ante la Primera Autoridad Civil de Achaguas Municipio Achaguas del Estado Apure, según .....