II
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas y de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio por PARTICIÓN DE BIENES, incoado por el ciudadano JOSE JEREMIAS REBOLLEDO FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.566.721, contra la ciudadana INGRID YOVIRI AGUILAR CORONADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.277.396.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la decisión.
TERCERO: Se ordena notificar a la parte actora a fin de que dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes al de hoy, se dé por notificada, a los fines de que pueda ejercer los recursos correspondientes, advirtiéndoles que, vencido este plazo, quedará definitivamente firme la pres.....