Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA, intentada por el Ciudadano NELSON GÓMEZ HERNANDEZ, Abogado en ejercicio, Inpreabogado Nº 72.995, Apoderado Judicial del ciudadano ELIAS DANIEL PRIETO ALVAREZ, contra la persona jurídica "TIENDAS RULER C.A", por Acción Reivindicatoria. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.