este Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA Medida Privativa de Libertad y en consecuencia dicta ORDEN DE CAPTURA en contra de los ciudadanos MARCOS ANTONIO MELLADO, Venezolano, titular de la cédula de identidad V-26.248.222, residenciado en: SABANETA, SECTOR LA RAMPLA CALLEJON LOS OLIVOS CASA S/N EL CONSEJO ESTADO ARAGUA y JEAN CARLOS MELLADO MARTINEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad V-25.542.885, residenciado en: SABANETA, SECTOR LA RAMPLA CALLEJON LOS OLIVOS CASA S/N EL CONSEJO ESTADO ARAGUA, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Droga. Líbrese la correspondiente Orden de Captura. Remítase la presente causa a la Oficina de Archivo Judicial Central. Ofíciese lo conducente.
EL JUEZ
ABG. RODOLF.....