Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA A PLAZOS, intentada por el INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA, mediante su Apoderado Judicial abogado ALEXIS AMERICA MARCHENA. Inscrita en el Instituto de Previsión del abogado bajo el Nº 27.196 y de este domicilio, en contra de la ciudadana LEON PACHECO FREDELINDA, de una casa ubicada en la Urbanización Caña de Azúcar, vereda 70, Nº 2, Sector 04, Municipio Mario Briceño Iragorry Maracay, Estado Aragua.-
En consecuencia resuelto de contrato de venta a plazos celebrado entre las partes que conforman el presente expediente, se condena a parte demandada a hacer entrega a la parte demandante del inmueble antes identificado.
Igualmente se le condena al pago de las costas de Ley.....