Por las consideraciones que anteceden y las conclusiones que de ellas han sido deducidas, este Tribunal Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por los demandantes, en contra de la decisión definitiva dictada en fecha 03/10/1997, por el extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay; y en consecuencia SE REVOCA, la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por los ciudadanos ADRIÁN EUSEBIO LÓPEZ, FEDERICO CARDOZO, EURO RIOS, ELSA CHANG, GLADIS MÉNDEZ, CARMELO CABRERA, JOSÉ PACÍFICO RODRÍGUEZ, RODOLFO GAVIDIA y ENMA RIVERO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Números 2.751.179, 1.846.421, 1.096.903, 2.084.....