Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Inhibición planteada por estar hecha en forma y fundada en motivos valederos; y por vía de consecuencia se aparta al Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS, en su carácter de Juez Temporal del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de seguir conociendo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO siguen las ciudadanas RAFFAELA COMUNIELLO GALLO Y ÁNGELA ROSA COMUNIELLO DE CÁMPOLI, sucesoras a título universal del ciudadano ANTONIO COMUNIELLO NASULLO, contra el ciudadano MIGUEL ÁNGEL CRESPO LOZADA.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión, y en su oportunidad legal remítase el expediente al Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil .....