Por todas las razones y motivos aquí expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL presentado el 10 de Diciembre de 2009 y ampliado el 03 de febrero de 2010, únicamente en lo referente a la parte actora ciudadano SERGIO ANTONIO GRATEROL JIMENEZ, cédula de identidad N° V-9.683.480, representado por su Apoderada Judicial Abogada BEATRICE LOMBARDI, Inpreabogado N° 49.714, y por la parte accionada GRUPO DE EMPRESAS GRINACA C.A. conformado por GRIFERIAS NACIONALES C.A. (GRINACA C.A.); TORNERIA AUTOMÁTICA C.A. (TORAUCA C.A.), INVERSIONES IASPA C.A. (IASPA C.A.); INDUSTRIAS IMAP C.A. (IMAP C.A.); GRINACA C.A. y TORMOCA C.A. y solidariamente ciudadanos PASQUALE DI PASQUALE TALUCCI, RENZO PINTOSSI y ALDO ARATO SANSAVIERO, representada .....