Encuentra este Juzgador que el escrito mediante la cual la parte actora manifiesta haber recibido el pago y su voluntad en dar por terminado el presente juicio por cobro de Prestaciones Sociales, ha sido presentado por escrito constante de un (01) folio útil, contiene la manifestación de voluntad y que el mismo ha sido presentado ante un Juez del Trabajo, esto es, ante un funcionario competente.
Además, visto que la parte actora aceptó la cancelación de la cantidad de UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs.F. 1.980,00), pago efectuado mediante cheque personalizado librado contra el BANCO DE VENEZUELA, identificado con el N° S-91-77002087, cuenta corriente N° 01020130630000037125, de fecha 15/12/2009, este Juzgado acuerda impartirle la respectiva HOMOLOGACIÓN a la solicitud realizada en los términos en que fue expuesto, y visto el cumplimiento íntegro del pago acordado, este Tribunal da por terminado el presente asunto ordenando su cierre y archivo informátic.....